CR SERRETILLA

NORMAS DE RIEGO

La Junta de Gobierno, en la sesión del día 19 de FEBRERO de 2025 ha dictado las siguientes disposiciones, orientadas a prevenir el exceso en el uso del agua, convergentes con las limitaciones del título concesional y con los recursos hídricos disponibles.

  1. LA CONCESION OTORGADA A LA COMUNIDAD ES PARA EL RIEGO AGRICOLA DE LAS PARCELAS INSCRITAS EN EL PADRON, NO PUDIENDOSE USAR PARA OTROS FINES NI TERRENOS DISTINTOS.
  2. El derecho sobre el agua comunitaria lo ostentan todas las parcelas inscritas en el padrón y en proporción a la superficie inscrita y a los caudales disponibles.
  3. Si no concurren condiciones especiales de escasez o restricciones, se permitirá, de acuerdo con el expediente concesional, un máximo de 5100 metros cúbicos por hectárea para todo el año 2025.
  4. Cada regante dispondrá, como máximo y si no hay variaciones de los caudales disponibles, del volumen anual de agua que se obtenga de sumar toda la extensión de tierra que administre ante la Comunidad y aplicarle la dotación por hectárea asignada. Queda al libre albedrío de cada cual la distribución de volúmenes que a lo largo de la campaña realice en sus explotaciones.
  5. El cómputo del volumen anual por regante comienza a contabilizarse a partir de la última lectura de contadores del año 2024 y finaliza en la última lectura del año 2025.
  6. Los cambios en la titularidad de parcelas que se realicen durante el año, fraccionarán la dotación proporcionalmente al periodo del año transcurrido hasta la última factura de riego, de forma que el regante cedente conservará la parte que le corresponda, pasando el resto al nuevo titular.
  7. Cuando a lo largo de la campaña de riego se produce un cambio de la titularidad del regante de todas las parcelas que se suministran de una toma de agua común, se podrá aislar el computo de la dotación de estas parcelas del cómputo total del regante en la campaña en al que se produzca el cambio, si el receptor así lo expresa, y se podrán tratar como una unidad independiente, otorgándole al cedente el volumen de agua correspondiente con el consumo realizado y al receptor el resto de la dotación no consumida. Si el regante solicita este modelo de cálculo, en ningún caso podrá haber intercambio de dotaciones con el resto del título en la campaña de riego afectada por el cambio.
  8. Los cambios de titularidad del regante, se harán coincidir con la fecha de lectura anterior a la fecha de presentación.
  9. Teniendo en cuenta que se ha implantado un sistema de información y alertas que permite conocer el consumo que se realiza en cada momento (disponible en la web serretilla.com) y viendo la falta de celo que algunos demuestran en el consumo al excederse reiteradamente, al regante que consuma un volumen mayor que el asignado, se le aplicará una cuota complementaria al precio del riego que se determinará según el siguiente método:
  • 30 ct€ por cada M3 excedido que no supere el 20% de la dotación.
  • 60 ct€ por cada M3. excedido que supere el 20% de la dotación y no supere al 50%.
  • 90 ct€ por cada M3. excedido que supere el 50% de la dotación.

 

  1. Si un comunero sufre una avería de cualquier índole, no previsible ni evitable, causando una clara pérdida de agua, perfectamente diferenciable de un excesivo consumo y que no haya sido aprovechable, se debe de cuantificar el volumen perdido y, aunque se debe pagar el mismo, no se computará ante el balance hídrico de las dotaciones
  2. Se mantiene el mismo horario de riego que cada parcela tenía asignado el año anterior y la misma limitación de caudales por toma.
  3. La Junta de Gobierno podrá, a lo largo de la campaña, dictar las disposiciones convenientes que complementen, rectifiquen o interpreten las actuales, optimizando, en todo caso, los recursos hídricos.
  4. Estas normas quedarán sin efecto en caso de escasez, restricción o cualquier situación sobrevenida que impida a la Comunidad disponer de la totalidad de caudales concedidos.

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